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El
Acta de Inmigración y Nacionalidad permite la inmigración de extranjeros
a los Estados Unidos en base a la relación familiar que exista entre el
beneficiario y un ciudadano de los Estados Unidos, o un residente legal
permanente. La inmigración familiar consta de dos categorías básicas: la
categoría ilimitada y la limitada.
CATEGORÍA
ILIMITADA PARA FAMILIARES
Familiares inmediatos de un ciudadano estadounidense: Se refiere a la
esposa, viuda/o, y los hijos solteros de un ciudadano estadounidense,
menores de 21 años de edad, y los padres de un ciudadano estadounidense
que sea mayor de 21 años de edad.
Residentes que Regresan: Se refiere a personas que residieron en los
Estados Unidos con residencia legal y que desean regresar a los EE.UU.
después de permanecer fuera de territorio estadounidense por más de un
año.
CATEGORÍA
LIMITADA PARA FAMILIARES
Categoría de Primera Preferencia (F1): Son los hijos e hijas solteros de
ciudadanos estadounidenses y sus hijos, si existen (23,400).
Categoría de Segunda Preferencia (F2): Cónyuges, hijos menores de edad,
hijos/as solteros, mayores de 20 años de edad, de un residente legal
(114,200). Por lo menos un 77% de todas las visas disponibles bajo esta
categoría son asignadas a los cónyuges y a sus hijos; el porcentaje
restante es asignado a los hijos e hijas solteros.
Categoría de Tercera Preferencia (F3):
Hijos e hijas casadas/os de un ciudadano estadounidense, y sus cónyuges
e hijos. (23,400)
Categoría de Cuarta Preferencia (F4):
Hermanos y hermanas de ciudadanos estadounidenses, sus cónyuges e hijos,
siempre y cuando el ciudadano estadounidense sea mayor de 21 años de
edad.
SOLICITUDES:
Los
parientes de posibles futuros inmigrantes que piensan llenar una
solicitud basándose en una relación familiar deben obtener el formulario
I-130, Petición de Inmigración para Parientes, disponible en el Servicio
de Naturalización e Inmigración (INS). El ciudadano estadounidense, o el
residente legal, que llena la solicitud debe de presentar el Formulario
I-130 a la oficina de INS. Los formularios y las instrucciones están
disponible en dicha oficina. Una vez aprobada la solicitud por la
oficina de INS, se procederá a notificar al peticionario, por correo, y
se le remitirá el Formulario I-797. El INS también enviará la petición
aprobada al Centro de Procesamiento de Visas de Inmigrantes, el cual se
pondrá en contacto con el beneficiario y el ofrecerá más información.
PERSONAS NO
ELEGIBLES/ PERMISOS ESPECIALES
Las leyes de inmigración de
los Estados Unidos, con el fin de proteger la salud, bienestar social, y
la seguridad del país, prohíbe el otorgamiento de visas a ciertas
personas. A continuación, algunos ejemplos de los solicitantes que serán
rechazados: aquellos que padecen enfermedades infecto-contagiosas, tales
como la tuberculosis, o sufren de comportamientos o estados mentales
peligrosos; adictos a drogas; personas que hayan cometido serios actos
criminales; terroristas, subversivos, miembros de un partido
totalitario, o excriminales Nazi; personas que han utilizado métodos
ilegales para entrar a los EE.UU.; o que no son elegibles para optar por
la ciudadania estadounidense. Algunas personas con visas de intercambio
deberán vivir fuera de los EE.UU. por dos años. Los doctores en medicina
que deseen ejercer medicina en los EE.UU. deberán pasar un exámen de
evaluación antes de recibir su visa de inmigrante. Si la persona resulta
inelegible, el Oficial Consular le informará si la ley provee algún
permiso especial.
Fuente:
http://www.usemb.gov.do/ |